Articulo
1. La comisión permanente para la instrucción premilitar estará constituida por
un consejo directivo, una secretaria ejecutiva y los comités permanentes que
funcionaran en cada una de las entidades federales. Estará integrada por los
entes de los ministerios de defensa y de educación que designe para tal efecto
Articulo
2. El consejo directivo tendrá como función: dirigir, planificar, organizar,
coordinar y evaluar todo lo relacionado con la instrucción premilitar en el
territorio nacional.
Articulo 3. El consejo directivo estará
integrado por le director general del ministerio de la defensa, quien lo
presidirá; por el director general sectorial de programas educativos del
ministerio de educación, quien actuara como vicepresidente; el director de la
oficina sectorial de planificación y presupuesto del ministerio de educación,
el director general sectorial de alistamiento del ministerio de la defensa, y
el secretario ejecutivo de la comisión, que actuara como secretario del
consejo.
Articulo 4. Son atribuciones del consejo
directivo:
Proponer políticas referentes a la instrucción
premilitar
Coordinar
la elaboración y ejecución de los programas de instrucción premilitar
Aprobar
los planes de ejecución que sean presentados por la secretaria ejecutiva
Coordinar
los recursos humanos, materiales y financieros para el cumplimiento del
programa de instrucción premilitar.
Supervisar
y evaluar la ejecución del programa de Instrucción Premilitar.
Asesorar
al Ministerio de Educación para la
inclusión, en los programas de Educación Media, lo relativo al estudio de las obligaciones militares contenidas en
la ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
Recomendar
las normas de evaluación y asistencia para instrucción premilitar
Designar
subcomisiones de trabajo que se requieren para el cumplimiento de la
instrucción premilitar.
Velar
por el cumplimiento d las disposiciones legales referentes a la Instrucción
Premilitar.
Emitir opinión sobre los
asuntos que le sean planteados por el Ministerio de la Defensa o por el Ministerio de
Educación.
Dictar
el Reglamento Interno de la Comisión Permanente para la Instrucción Militar.
Artículo
5: La Secretaría Ejecutiva es el órgano de ejecución del Consejo Directivo.
Será dirigida por un oficial de la
Fuerza Armada Nacional, propuesto por el Consejo Directivo y designado por el
Ministerio de la Defensa.
Artículo
6: La Secretaría Ejecutiva estará organizada por una Ayudantía General y las
divisiones de Planificación, Coordinación
Docente, Supervisión y Evaluación y Apoyo Administrativo. Estas
dependencias estarán constituidas por los funcionarios que, a tiempo completo,
designen los ministerios de Educación y
de la Defensa, cuyas funciones serán señalada en el Reglamento Interno de la Comisión.
Visión de la Instrucción
Premilitar
Contribuir con el fortalecimiento de las competencias del
egresado de Educación Media Diversificada y Profesional y de Educación de
Jóvenes y Adultos, que permita interpretaciones del entorno social, que
posibilite y comprometa en las diferentes dimensiones de la Instrucción
Premilitar como: la Defensa y Seguridad, Soberanía y Estado, Geopolítica,
Educación, Prevención y Seguridad Vial, Derechos Humanos, de Educación Social y
Participación Ciudadana y Riesgos y Desastres, entre otros aspectos.
Misión de la Instrucción
Premilitar
Brindar estrategias y
herramientas, desde una perspectiva interdisciplinaria, que permitan a los
estudiantes de Educación Media Diversificada y Profesional y de Educación de
Adultos, adquirir las competencias en los ámbitos de la Seguridad y Defensa
Integral de la Nación, Soberanía y Estado, Geopolítica, Educación, Prevención y
Seguridad Vial, Derechos Humanos, de Educación Social y Participación Ciudadana
y Riesgos y Desastres en las escalas local, regional y nacional.
ta bien
ResponderEliminarson 14 articulos
ResponderEliminarFaltan artículos
ResponderEliminarAlguien sabe donde conseguir los artículos que faltan ?
ResponderEliminarta bien pero le faltan articulos
ResponderEliminarSi :|
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