DEFINICIÓN
Es una
forma de organización o un proceso, en el cual se reúnen
o concentran todos los asuntos de índole
políticos y administrativos,
en un solo órgano. En la que el órgano
superior tiene todas las
funciones, competencias y controles de los
demás órganos que
integran la administración pública.
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CARACTERÍSTICAS
- Existe un órgano superior que concentra todas las funciones y
competencias.
- Los demás órganos de la administración no tienen Autonomía
funcional, es decir,
no pueden tomar decisiones propias.
- Presidente, Vicepresidente, Consulados.
- Poder de nombramiento, Poder de Remoción; Poder de Mando, Poder
de
Decisión, Poder de Vigilancia, Poder de Revisión,
Poder para resolver conflictos de competencia.
- Ejecución de decisiones rápidas, coordinadas, capaces de responder
rápidamente
a los temas y cambios importantes.
- Uniformidad, poco riesgo de conflicto.
- Coordinación en los órganos que la componen
- En razón de la competencia que tienen asignada, delimitan su
actividad para no interferir en sus acciones
- Coordinación que permite un orden y agrupación
- Específica, independientemente de que tienen forma interna cada órgano,
es decir, su propio orden jerárquico
ASPECTOS POSITIVOS
Promueve la uniformidad de la aplicación de las leyes y la prestación de
servicios y orienta la organización de la administración pública centralizada.
Propicia la unidad del derecho, de la norma jurídica y sirve para
estructurar al Estado Centralista.
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