OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTRUCCIÓN
PREMILITAR.
Proporcionar al joven estudiante los conocimientos de carácter general que contribuyan a su formación integral, que abarque los aspectos de seguridad y defensa nacional, así como el desarrollo de su aptitud física, moral e intelectual.
Participar activa y críticamente en el desarrollo, conservación creación y defensa del patrimonio nacional, en todas sus manifestaciones, como medio de preservar la identidad y soberanía nacionales.
Comprender la importancia de
participar activamente en democracia y la necesidad de perfeccionarla mediante
el desarrollo de un individuo crítico en condiciones favorables para su
integración social.
Proporcionar conocimientos
militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación.
Proporcionar conocimientos
sobre la importancia de la geopolítica para la convivencia armoniosa de los
venezolanos dentro del mundo global.
BASES LEGALES DE LA INSTRUCCIÓN PREMILITAR.
Los basamentos legales de la instrucción premilitar se encuentran condensados en los siguientes documentos:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Leyes orgánicas: Educación, Seguridad de la Nación, Fuerza Armada .
Nacional Bolivariana
Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
La instrucción premilitar esta regida fundamentalmente
por los Artículos 103, 104, 130 y 132.
DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
La Instrucción Premilitar esta regida fundamentalmente
por los Artículos 3, 4, 14 y 23.
DE LA LEY ORGÁNICA DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN
La Instrucción Premilitar esta regida fundamentalmente
por los Artículos 1, 2 y 3.
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA
La Instrucción Premilitar esta regida
por el Artículo I.
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