El servicio militar obligatorio (SMO), servicio o conscripción
es el desarrollo de la actividad militar por un individuo de manera
obligatoria en algunos países y voluntaria en otros. En algunos casos,
la actividad tampoco es remunerada.
En Venezuela
el servicio militar es un deber (aunque no hay reclutamiento forzoso,
según el artículo 134 CNB de 1999), a partir del 21 de octubre de 2009
cuando fue publicada en la Gaceta Oficial n.º 5.933 la nueva Ley de
Conscripción y Alistamiento Militar. La edad militar durante el cual los
venezolanos tienen obligaciones militares está comprendida entre 18 y
50 años para inscribirse en el servicio militar. Además para cumplir con
el deber de prestar servicio militar la edad es de 18 a 30 años, y el
servicio militar tiene una duración de un año, y se presta en dos
modalidades: a tiempo completo o a tiempo parcial, para fines educativos
y de empleo, con todos los beneficios de ley: comida balanceada,
alojamiento, seguro de vida, asignación mensual de acuerdo a la
modalidad escogida, etc.
Cabe destacar que hasta la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999,
el servicio militar era con carácter de obligatoriedad por medio de
reclutamiento forzoso (lo que coloquialmente se conocía como la "recluta").
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